El despido de una embarazada se considera nulo de pleno derecho. Además, esto es así incluso aunque la empresa no tenga conocimiento del estado de la mujer embarazada. Es decir, un despido de embarazada es nulo incluso aunque la empresa no sepa que lo está. ¿Pero cuál es la indemnización por despido de una embarazada? ¿La indemnización habitual por despido o hay una indemnización especial por despido de embarazada?
Hay ciertas peculiaridades y además hay algunas sentencias judiciales recientes sobre el despido durante el embarazo en España que vamos a explicarte hoy desde Pino & Barreda Abogados.
Indemnización adicional a una embarazada
El despido de una embarazada incluso si ocurre después del parto durante el periodo de lactancia es considerado nulo. Este periodo goza de la misma protección que el embarazo en sí.
Una mujer que se reincorpore al trabajo tras la maternidad disfrutará de los mismos derechos y protecciones que si hubiese sido despedida durante el embarazo. Esto incluye la nulidad del despido y su correspondiente reincorporación inmediata en la empresa.
La principal consecuencia de un despido nulo es la reincorporación de la trabajadora a su puesto en las mismas condiciones que tenía.
Además, se le pagarán los salarios no percibidos desde la fecha del despido hasta su reincorporación, incluyendo las cotizaciones a la Seguridad Social del período correspondiente.
Indemnización si hay despido de una embarazada
En condiciones normales un despido improcedente en España tiene como consecuencias dos situaciones: indemnización por despido o readmisión.
En el primer caso el trabajador recibe una indemnización de 45 días por año trabajado por el periodo que haya estado en la empresa antes de febrero de 2012 y 33 días por año después de esa fecha.
Si se trata de una mujer embarazada el despido es considerado nulo por discriminación.
Esto implica que puede haber una indemnización mayor a la embarazada por discriminación, como consecuencia de la reparación del daño moral infringido a las trabajadoras embarazadas y para resarcir el estrés al que se someten y las posibles dificultades de reincorporación al mercado laboral.
Es decir, no se trata de la indemnización habitual por despido sino de una indemnización de compensación por discriminación.
La cuantía de esta indemnización adicional a una mujer embarazada lo deben establecer los tribunales.
Sentencia del Tribunal Supremo sobre estos casos
Una Sentencia del Tribunal Supremo del 12 de diciembre de 2023 ha venido a unificar criterios jurídicos que solían aplicarse de distinta manera en función de los tribunales implicados.
Esta sentencia establece dos cuestiones importantes en el caso del despido de una embarazada:
- Establece si la declaración de nulidad de un despido disciplinario de una trabajadora embarazada, sin justificación adecuada, constituye automáticamente una violación del derecho fundamental a la igualdad y a no ser discriminada.
- También determina si tal declaración implica necesariamente el derecho a compensación por daño moral derivado de la infracción del derecho a no ser discriminada, o si la indemnización procede únicamente cuando se prueba una violación concreta de este derecho o de otro derecho fundamental.
¿Qué dice el Estatuto de los Trabajadores?
El artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores especifica que los despidos motivados por causas de discriminación y aquellos que infringen derechos fundamentales y libertades públicas son considerados nulos.
En este capítulo se incluyen los despidos de trabajadoras embarazadas. Este derecho se cubre desde el momento de la gestación y hasta que comienza el período del permiso maternal.
La sentencia que citamos anteriormente hace interpretación de dicho artículo y sus consecuencias ya que se estaba aplicando de diferentes maneras en distintos casos.
El Tribunal Supremo considera que el Estatuto aporta una protección objetiva y automática a la mujer embarazada. Establece que este despido es nulo o procedente.
La diferencia es que ahora esta declaración es automática sin necesidad de que la mujer embarazada despedida pruebe la discriminación y sin que sea obligatorio que el empleador que procede al despido tuviera conocimiento del embarazo.
En conclusión, la sentencia del Tribunal Supremo del 12 de diciembre de 2023 clarifica que la interpretación correcta se alinea con la doctrina del 23 de septiembre de 2022 del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
Señala que, sin pruebas de discriminación o violación de derechos fundamentales, no se justifica una indemnización adicional por nulidad objetiva.
Indemnización adicional a embarazadas
El Tribunal Supremo (TS) ha precisado las condiciones bajo las cuales debe otorgarse una indemnización adicional en los despidos de mujeres embarazadas.
Este tribunal establece que la compensación solo es obligatoria si se demuestra que el despido estuvo directamente relacionado con el embarazo de la trabajadora.
Tal acción constituiría una infracción del derecho constitucional a la no discriminación por razón de sexo, justificando una compensación por los daños morales y otros perjuicios adicionales sufridos.
El tribunal señala que corresponderá a los jueces determinar el monto de la indemnización adicional. Según la Ley de Infracciones y Sanciones del Orden Social, oscilará entre 7.501 y 225.018 euros, dependiendo de la gravedad del caso.
Esta resolución aclara que no siempre es necesario otorgar una indemnización adicional cuando el despido de una mujer embarazada se declara nulo, ya que esto depende de si hubo o no una violación de los derechos fundamentales.
La sentencia recalca que el artículo 55.5 del Estatuto de los Trabajadores, que establece la nulidad automática del despido de trabajadoras embarazadas independientemente del conocimiento del empleador sobre el embarazo, busca proteger a la mujer en cualquier situación de gestación, sin necesidad de probar discriminación.
La decisión del Supremo subraya que, aunque el despido sea automáticamente nulo, cuando existe discriminación, la empresa debe demostrar la ausencia de ésta.
De no hacerlo, deberá indemnizar a la empleada como reparación por la vulneración de sus derechos. Lo mejor para poder conseguir una mayor indemnización es que cuentes con la ayuda de un despacho de abogados como Pino & Barreda Abogados. Si te han despedido durante el embarazo puedes consultar con Pino & Barreda Abogados y te ayudaremos a conseguir una mayor indemnización por compensación.







