La legislación establece un período de vigencia máximo del Plan de Igualdad, aunque podrá ser menor si así se acuerda en el mismo.
El diseño, elaboración e implementación de un Plan de Igualdad es un proceso que comprende distintas fases y puede tardar varios meses en completarse. Pero, una vez nuestra empresa ha completado el proceso, ¿cuandto dura el Plan de igualdad?
Según la legislación, el período de vigencia del Plan de Igualdad será el acordado en el mismo o, en su caso, el plazo máximo de 4 años. Es decir, este período podría ser menor si así se negocia y aprueba por las partes negociadoras, pero no podrá ser superior a los cuatro años de duración.
El proceso se inicia con el compromiso de la dirección y la constitución de la Comisión Negociadora del Plan de Igualdad, dentro de un plazo máximo de 3 meses desde el momento en el que se hubiese alcanzado el número de personas en plantilla que hace obligatoria la elaboración del Plan de Igualdad.
Desde el día siguiente a la fecha en que finalice el plazo previsto para iniciar el procedimiento de negociación, la empresa tiene un año para elaborar, aprobar y registrar su Plan de Igualdad.
No obstante, las medidas recogidas y aprobadas en el Plan de Igualdad podrán revisarse, corregirse o modificarse en función de los resultados, ya que en la fase de evaluación y seguimiento podrá detectarse su efectividad y en qué grado están cumpliendo con los objetivos.
De la misma forma, podrá incluirse o eliminarse alguna medida que se considere adecuada para alcanzar los objetivos del plan.
Este seguimiento de la efectividad de las medidas implementadas deberá realizarse periódicamente según el calendario de actuaciones recogido en el Plan de Igualdad. Sin embargo, como mínimo se ha de realizar una evaluación intermedia y otra final además de las estipuladas por la comisión de seguimiento teniendo en cuenta cuánto dura el Plan de Igualdad.
Para que cuentes con un mapa claro del proceso de elaboración del Plan de Igualdad de tu empresa, vamos a hacer un breve resumen de las fases que lo componen, así como de algunos plazos que se deben de tener en cuenta.
¿Cuáles son las fases del Plan y qué plazos se deben de tener en cuenta?
1. El Compromiso de la empresa y la constitución de la Comisión Negociadora. Es el primer paso del proceso y existe un plazo de 3 meses para realizarlo desde que la empresa haya alcanzado el número de personas en plantilla que la ley contempla para que el Plan de Igualdad sea obligatorio, esto es, 50 personas trabajadoras. Además, esta obligación puede venir exigida por la autoridad laboral o por Convenio Colectivos. Recordamos que una vez finalice el plazo para iniciar el procedimiento de negociación, la empresa tiene 1 año de plazo para elaborar, aprobar y registrar su Plan de Igualdad.
2. El Diagnóstico de la situación. Dirigido a identificar y a estimar el grado de igualdad en la empresas, a través de indicadores cuantitativos y cualitativos, y de las posibles diferencias, desventajas, dificultades y obstáculos, existentes o que pudieran existir en la empresa para conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
3. La Elaboración y Aprobación del Plan de Igualdad. El plan constituye el conjunto de medidas adoptadas tras realizar el diagnóstico de situación, dirigidas a alcanzar la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo.
4. Implementación de las medidas propuestas. Es la puesta en práctica del Plan de Igualdad. No hay un plazo específico para la aplicación de las medidas del Plan de Igualdad, pero sí se establece la obligatoriedad de incluir en el mismo un calendario en el que se fijen fechas para su implantación, con indicadores de seguimiento y recursos empleados para su consecución, al igual que para su seguimiento y evaluación.
5. Inscripción del Plan de Igualdad en registro público en un plazo de 15 días a partir de la fecha de la firma del Plan.
6. Evaluación y Seguimiento del Plan de Igualdad, cuyo objetivo es comprobar la efectividad de las medidas y si han alcanzado los objetivos. Como ya hemos visto, según los indicadores las medidas podrán añadir, reorientar, mejorar, corregir, intensificar, atenuar o, incluso, dejar de aplicar alguna medida en función de los efectos que vayan apreciándose en relación con la consecución de los objetivos.
Como ya has observado, el proceso conlleva planificación, implicación, plazos y trabajo para conseguir implantar un Plan de Igualdad con éxito.
En Pino & Barreda Abogados somos expertos en Planes de Igualdad. Además de asesorarte de forma personaliza y adaptada a la realidad de tu empresa, intervenimos en todas las fases del proceso, desde la constitución de la comisión negociadora hasta la redacción de todo el Plan de Igualdad y su Registro ante la autoridad laboral correspondiente en tu caso.
Llámanos, pondremos en marcha la elaboración de vuestro Plan de Igualdad para que todo el proceso sea un éxito.







