En determinados momentos de la vida del autónomo necesitará darse de baja temporalmente. Bien porque ha bajado la facturación, por épocas en las que no se vende tanto en función del sector de actividad con una gran temporalidad o por simple decisión. Otras veces el trabajador freelance decide terminar su proyecto y comenzar una nueva etapa y para ello hay que darse de baja como autónomo.
En Pino y Barreda Abogados sabemos lo complicado que pueden ser estos momentos, como especialistas en la asesoría a autónomos lo hemos vivido muchas veces. Por eso queremos guiarte en el proceso paso a paso.
Vamos a ver cómo hacerlo y los pasos necesarios para ello.
Los requisitos para darse de baja como autónomo
Lo primero para darse de baja con éxito es tener en cuenta unos requisitos previos que hay que cumplir.
Verificar que no hay deudas con la Administración Pública. Si existe una deuda hay que solucionarlo para poder darse de baja, si no será imposible realizar los trámites y comenzar el procedimiento.
Si además quieres solicitar la prestación por cese de actividad es fundamental que hayas contribuido durante al menos un año y poder demostrar que la baja se debe a motivos económicos importantes.
Si se trata de un autónomo que además es administrador en una sociedad hay que justificar la solicitud de baja como autónomo mediante un documento oficial.
El proceso para darse de baja como autónomo
Si se cumplen estos requisitos ya se puede comenzar el procedimiento para darse de baja.
Al igual que cuando te diste de alta tuviste que hacer trámites en Hacienda y también en la Seguridad Social para finalizar la actividad igualmente hay que acudir a los dos estamentos.
Con la Seguridad Social
Lo primero es disponer del Certificado Digital para poder realizar el trámite por internet, si no tendrá que acudir físicamente a una sede de la Seguridad Social solicitando la cita previa.
En este organismo hay que presentar el Modelo TA 0521 que solicita el reconocimiento del cese de actividad y justifica los motivos.
El plazo para ello es de 3 días desde que se cesa la actividad y puede hacerse con un periodo anticipado de hasta 60 días antes de dicha fecha.
Es importante que tengas en cuenta que se puede solicitar hasta 3 bajas como autónomo al año sin que eso suponga un sobrecoste en tu cuota de autónomo. En estas tres primeras bajas anuales pagarás la cuota del mes proporcional a los días trabajados.
A partir de esa tercera solicitud de baja en el mismo año puedes solicitarlo, pero con la peculiaridad de que tendrás que pagar la cuota mensual integra en cada mes (aunque sólo trabajes unos pocos días).
Es importante que tengas esto en cuenta si es tu caso para no pagar de más.
La baja de autónomo con Hacienda
En el caso de Hacienda el proceso es similar. Si quieres realizar los trámites por internet también se necesita el certificado digital vigente. Si no es así tendrás que ir a una oficina.
De lo que se trata en la Agencia Tributaria es de cumplimentar el Modelo 036 para autónomos y empresas o el Modelo 037 destinado sólo a autónomos.
Tras solicitar la baja, se deben liquidar los impuestos pendientes. Antes de la baja en Hacienda, es fundamental que revises si estas registrado en más de un epígrafe del IAE y, de ser así, tramitar la baja correspondiente en todos los epígrafes.
El plazo para la baja en Hacienda es de 30 días desde el cese de actividad. Para verificar la baja como autónomo, se puede consultar en la web de la Seguridad Social bajo «Informes y Certificados» y luego «Informe de situación actual del trabajador».
Si vas a solicitar la prestación por cese de actividad tendrás que haber cotizado un mínimo de un año en los 2 anteriores. Recuerda que la prestación se calculará según el 70% de la base reguladora en los últimos 12 meses previos al cese.
El tiempo por el que la vas a percibir será también acorde al tiempo por el que hayas cotizado.
Seguro que tienes mil dudas en estos momentos. Puede que estes pensando si te conviene darse de baja como autónomo ahora o esperar un poco a ver si la cosa mejora.
También tendrás dudas con los trámites necesarios y como solucionarlo. Si es así ya sabes que puedes escribirnos y en Pino & Barreda Abogados estaremos encantados de ayudarte y asesorarte con lo que necesites.







