El despido y el desistimiento son dos figuras jurídicas distintas, aunque su fin es el mismo: la extinción del contrato de trabajo. Vamos a ver en qué consiste cada una de ellas y a ver la diferencia entre despido y desistimiento. Así podremos analizar más en detalle cómo actuar ante cada una de ellas.
Definición de despido y de desistimiento
Aunque los dos tienen como objetivo la finalización del contrato de trabajo que une al trabajador con una empresa, cada uno tiene una definición particular.
Qué es el despido
En el caso del despido es la empresa la que da el paso de extinguir la relación laboral de manera unilateral. Es el empleador el que toma la decisión de dar fin al contrato de trabajo.
Es por eso por lo que en el caso de un despido es la empresa la que debe aportar pruebas concretas de que existe una causa justificada para dicho despido. El despido puede ser objetivo o disciplinario.
Definición de desistimiento
En cambio, el desistimiento pueden utilizarlo ambas partes, tanto la empresa como el trabajador de manera unilateral. En el caso del desistimiento no es necesario que haya una justificación concreta para finalizar el contrato de trabajo.
Diferencias entre despido y desistimiento
Por lo tanto, hay diferencias entre estas dos formas de finalización del contrato. Vamos a ver en resumen las más importantes.
La causa de la finalización del contrato
En el caso de un despido necesariamente debe haber una causa justificada. Si es un despido disciplinario debe probarse y aportarse pruebas del hecho que se impute al trabajador.
SI se trata de un despido por otras causas objetivas también deberá justificarse convenientemente. Si no es así el despido será considerado un despido improcedente.
En cambio, en el desistimiento no hace falta justificar ninguna causa para la finalización del contrato.
La forma en que se termina el contrato
En las formas de proceder a terminar el contrato también hay diferencias. En concreto en el caso del despido siempre debe comunicarse por escrito por parte de la empresa.
En lo que se refiere al desistimiento puede comunicarse por escrito, pero también verbalmente.
La indemnización es diferente
En el caso de un despido el trabajador tiene derecho a una indemnización que puede ser de tipo objetivo de 20 días, o si se califica como improcedente de 33 días, según sea el caso.
Si se trata de un desistimiento el trabajador no tiene derecho a percibir ningún tipo de indemnización.
Desistimiento por parte de la empresa
Cuando hablamos de un desistimiento de un contrato laboral por parte de la empresa hay que decir que no se puede utilizar en cualquier momento y situación.
La legislación actual reconoce tres supuestos en los que puede aplicarse:
Por no superar el periodo de prueba
Cuando un trabajador es contratado siempre existe un período de prueba para evaluar su adaptación al puesto. Si durante ese tiempo la empresa decide no continuar con esa relación laboral se puede llevar a cabo un desistimiento sin indemnización del trabajador. Del mismo modo el trabajador puede desistir de la relación laboral sin necesidad de que media preaviso alguno.
La duración del periodo de prueba depende de la categoría y funciones del trabajador en la empresa.
En contratos de Alta Dirección
Este capítulo cubre a puestos de confianza en empresas con contratos de altos directivos en los que se puede aplicar un desistimiento si hay una pérdida de confianza. En este caso la indemnización será de siete días.
Desistimiento especial de empleados de hogar
Hasta septiembre de 2022, existía esta figura para el Régimen del Empleo del Hogar. Sin embargo, se ha derogado con la entrada en vigor del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al servicio del hogar.
Puede consultar más sobre las nuevas condiciones en Despido Empleada de Hogar
Desistimiento por parte del trabajador
Como ya hemos mencionado el trabajador también puede aplicar un desistimiento de manera unilateral, también se le conoce como dimisión del trabajador.
En el Estatuto de los Trabajadores se establece que en este caso el trabajador comunica la extinción del contrato con un tiempo de preaviso que establece el convenio colectivo que se aplique en su empresa.
Esta decisión no da lugar a que el trabajador sea indemnizado de ninguna forma.
Por lo general es la forma que se utiliza cuando un trabajador no quiere seguir trabajando en la empresa o cuando ha encontrado otro trabajo que le conviene más, por ejemplo.
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