Es muy importante saber la estructura de las nóminas, para entender, como trabajador y como empresario, los conceptos y el contenido de las mismas. En el presente artículo vamos a enumerar los diferentes contenidos que deben contener las nóminas.
1.- En el encabezamiento de la nómina, debe aparecer los datos identificativos tanto de la empresa como del trabajador, la finalidad del encabezamiento de la nómina es la de identificar claramente a las dos partes que intervienen en la relación de trabajo.
- De la empresa debe de venir recogido el domicilio, el código de identificación fiscal y el código de cuenta de cotización.
- Del trabajador, el nombre, el número de identificación fiscal, el número de afiliación a la Seguridad Social, la categoría o grupo profesional y el grupo de cotización.
2.- Indicar el periodo que se liquida en cada nómina (ejemplo del 1 de junio de 2018 a 30 de junio de 2018) y habrá que reflejar el número de días naturales si el trabajador recibe retribución diaria o cuando el trabajador percibe retribución mensual, tendremos que poner en todos los meses, 30 días.
3.- Cantidades devengadas de acuerdo al Convenio Colectivo de aplicación en cada caso concreto o de los acuerdos individuales que se hayan firmado con el trabajador. Pueden ser:
- a) Percepciones salariales. Sujetas a cotización al Régimen General de la Seguridad Social, (artículo 147 LGSS).
- Salario Base
- Complementos salariales
- Horas extraordinarias
- Horas complementarias
- Gratificaciones extraordinarias
- Salario en Especie
- b) Percepciones extrasalariales. Algunas de estas excluidas de cotizar al Régimen General de la Seguridad Social
- Indemnización o suplidos
- Prestaciones e indemnizaciones de la Seguridad Social
- Indemnización por traslados, suspensiones o despidos
- Otras percepciones no salariales5
4.- Deducciones que legalmente proceda en cada caso.
- a) Aportación del trabajador a las cotizaciones a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta.
- Contingencias Comunes
- Desempleo
- Formación profesional
- Horas extraordinarias
- b) Retenciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
- c) Anticipos
- d) Valor de los productos recibidos en especie y otras deducciones
5.- Tenemos que hallar el líquido total a percibir, que resulta de la resta de las cantidades devengadas y las deducciones.
6.- Determinación de las bases de cotización a la Seguridad Social y conceptos de recaudación conjunta y de la base sujeta a retención del IRPF y aportación de la empresa. Este apartado tiene una doble finalidad:
- a) Informar al trabajador de los diferentes conceptos y cantidades que se le deducen.
- b) Que la empresa conozca lo que posteriormente tendrá que ingresar en la Tesorería General de la Seguridad Social por las cantidades deducidas.
7.- El empresario, debe de hacer entrega al trabajador de las nóminas por duplicado, para que éste las firme junto con la firma y sello de la empresa. Las nóminas deberán ser conservadas durante un plazo mínimo de 5 años, para las comprobaciones oportunas.
El empresario está obligado a consignar en el recibo de salarios todas las cantidades realmente abonadas al trabajador, hay que tener en cuenta que la omisión en el cumplimiento de este deber constituye una infracción grave, susceptible de ser sancionada con multa por importe de entre 626 y 6.250 euros.







