El Gobierno mejora las condiciones laborales de las trabajadoras del hogar. El Consejo de Ministros ha aprobado enviar a las Cortes Generales la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.
El Gobierno mejora las condiciones laborales de las trabajadoras del hogar, equiparando las condiciones laborales de ese colectivo a las del resto de trabajadores.
Una reivindicación histórica de las plataformas de este colectivo, materializado en un Real Decreto-ley, de la que se han hecho eco los medios de comunicación.
Así, el Consejo de Ministros ha aprobado enviar a las Cortes Generales la ratificación del Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) para las trabajadoras y los trabajadores domésticos.
En este Convenio, se define tanto este tipo de empleo como los derechos que se deben garantizar a las personas que realizan esta labor en el ámbito del hogar.
La norma trae consigo novedades que afectan tanto a las trabajadoras/es domésticos como a los empleadores, que han de conocerlas para poder cumplir con la legalidad a partir del 1 de octubre.
¿Cuáles son las principales novedades de la norma para las trabajadoras del hogar?
Aunque la norma amplía y detalla otros aspectos, podemos señalar los siguientes como los más destacados por su novedad.
– La protección por desempleo. De hecho, este colectivo tendrá la misma protección por desempleo que el resto de trabajadores por cuenta ajena.
Las personas trabajadoras del hogar tendrán derecho a la prestación contributiva de desempleo y a todas las prestaciones asistenciales vigentes en el ordenamiento jurídico laboral.
A partir del 1 de octubre, será obligatorio cotizar por desempleo al y Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) . Se garantiza así la cobertura indemnizatoria de las trabajadoras en caso de insolvencia del empleador.
– Protección a estas trabajadoras/es frente a despidos injustificados de estas/os trabajadoras/es y eliminación de la figura del desistimiento, una forma de despido sin causa, en la medida en que no requiere acreditarse. A partir de ahora se deberán acreditar los motivos que puedan dar lugar a la finalización del contrato con las empleadas.
– Derechos de información, de los que disfrutarán en plena igualdad, sobre sus condiciones laborales. Además, el Ejecutivo pondrá en marcha políticas de formación y acreditación específicas.
– Respecto a la seguridad y la salud en el trabajo, se incorpora a estas mujeres al ámbito de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y se crea una comisión de estudio con enfoque de género para abordar las enfermedades profesionales.
¿En qué afecta al empleador las nuevas Condiciones Laborales de las trabajadoras del hogar?
También existen novedades que el empleador ha de conocer.
– A la reducción a las cotizaciones ya existentes, la norma añade una bonificación del 80% en las aportaciones a la cotización por desempleo y al FOGASA.
Se mantiene la reducción de un 20% en la aportación empresarial a la cotización por contingencias comunes correspondiente a este Sistema Especial.
– Se incrementan los tramos de bonificación superiores al 20%, en función de la composición del hogar, de los niveles de renta y de patrimonio, lo que permitirá aumentar el número de beneficiarios. Los requisitos de estas bonificaciones se fijarán reglamentariamente.
-Se establece que los empleadores asumirán las obligaciones en materia de cotización para los trabajadores que presten sus servicios durante menos de 60 horas/mes por empleador, eliminándose la posibilidad de que sean los trabajadores los que soliciten directamente su afiliación, altas, bajas y variaciones de datos.
Tanto si eres empleador como empleado/a doméstica y necesitas asesoramiento en el nuevo marco normativo, en Pino & Barreda Abogados te ofrecemos nuestro servicio de asesoría laboral para particulares y autónomos.
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